El Senado avaló el último decreto del Poder Ejecutivo que estableció nuevas medidas sanitarias, vigentes hasta el próximo 25 de junio, para mitigar la segunda ola de coronavirus.
Ahora también podés colaborar con Radio Pacú desde MercadoPago |
Durante la sesión los senadores aprobaron por 42 votos contra 23 de la oposición el DNU 381/21 que prorroga el DNU 287/21 de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención para mitigar la propagación de la pandemia en Argentina.
El senador del Frente de Todos Mariano Recalde explicó que el objetivo de la norma es «quitar de la discusión sanitaria elementos que pudieran interferir en la toma de decisiones para combatir la mortalidad» así como «fijar pautas objetivas y parámetros» ante la pandemia.
«Estas medidas -dijo- fueron consensuadas por todas las jurisdicciones».
En representación de la oposición, el senador Pedro Braillard Poccard, consideró que el decreto no debía ser ratificado por el Congreso por entender que no reúne requisitos sustanciales.
«Si bien ha cumplido las formalidades que establece la Constitución, no reúne los requisitos sustanciales», remarcó, y cuestionó que el gobierno nacional «imponga a las provincias lo que deben hacer».
Qué dice el decreto
El DNU establece un semáforo epidemiológico en las distintas zonas del país, que posibilitó una flexibilización de las restricciones que se venían implementando hasta el viernes, sobre todo en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), debido a la baja de casos registrados en los últimos días.
El decreto prorrogado establece parámetros para determinar los distintos tipos de restricciones según la situación sanitaria de cada distrito del país.
Según estos parámetros, los diferentes distritos del país son categorizados como de «bajo», «mediano» y «alto» riesgo epidemiológico y sanitario, o en situación de «alarma».
En los considerandos del DNU, se indica que, «hasta la fecha, no se cuenta con un marco legal sancionado por el Congreso Nacional para enfrentar la emergencia de Covid-19», por lo que «corresponde prorrogar el Decreto N° 287/21 y el plazo establecido en su artículo 30 y sus normas complementarias, hasta el día 25 de junio de 2021, inclusive».
- Castro destacó el funcionamiento en el arranque - 25 de abril de 2024
- Tomasello con las ilusiones al máximo - 25 de abril de 2024
- Ponce de León y un regreso muy esperado - 25 de abril de 2024