Desde este mes se actualizará el tope salarial en el que se tributa el gravamen.

De acuerdo a los términos de la reforma fiscla, a partir de septiembre se actualiza el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada entre junio, julio y agosto.
El mínimo no imponible pasará de $1.800.000 a $2.040.300 en bruto para los trabajadores solteros y sin hijos. Mientras que para los casados con dos hijos, el piso salarial pasará de $2.300.000 a $2.682.208.
La Justicia laboral ordenó la suspensión de la aplicación del impuesto de Ganancias en salarios docentes. Esto se fija en base a la variación de precios que mide el INDEC.
En esta oportunidad, se tomará el IPC trimestral correspondiente al período junio y agosto, que alcanzó 13,3%.
A partir del 2025, los montos y las escalas se ajustarán de forma semestral, es decir, el 1° de enero y el 1° de julio en línea con el índice de Precios al Consumidor (IPC). (NA)
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