El gobierno envió al Parlamento el proyecto de ley que regula los criterios sanitarios, por los cuales deberán basarse las medidas y restricciones por la pandemia de Covid-19.
La iniciativa ya ingresó al Senado, y, no discrimina entre zonas geográficas sino que establece «parámetros epidemiológicos y sanitarios» conforme los cuales las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno nacional, según las competencias de cada administración, adoptarán medidas con el fin de mitigar los contagios.
En este sentido, la ley determina los criterios sobre las condiciones de Bajo, Medio o Alto Riesgo Epidemiológico y de Alarma Sanitaria, por los cuales se regirán los distintos tipos de restricción.
Además, el proyecto establece que los gobernadores continuarán ejerciendo «las facultades concurrentes de control y fiscalización» de las medidas de prevención pero establece medidas «gatillos» que aplican de forma automática cuando se llegue a alcanzar una fase más complicada de la situación epidemiológica que se tenía hasta ese momento.
En relación a la presencialidad escolar, el proyecto indica su cancelación «se dispone únicamente para los lugares de Alarma epidemiológica» y prevé que, el Poder Ejecutivo, deberá consultar con las provincias antes de realizar algún tipo de acción.
En los lugares considerados de Medio riesgo sanitario, «serán las autoridades locales las que dispondrán de restricciones temporales y focalizadas», mientras que en los lugares del Alto riesgo y de Alarma, de verse un agravamiento de la situación, «se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a disponerlas de formas razonable y proporcionada, previa consulta con los gobernadores».
En la vereda opuesta, Juntos por el Cambio, que ya había rechazado la iniciativa antes de que se diera a conocer, manifestó su denegación al proyecto. El oficialismo confía en aprobar en la cámara alta por la diferencia en favor que tiene el gobierno, mientras que en Diputados aspira a lograr la aprobación mediante el acuerdo con bloques e interbloques aliados.
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